REGULACIÓN DE SITUACIÓN MIGRATORIA

Ciudadanos extranjeros tendrán seis meses para regularizar su situación migratoria.

Mediante el Decreto Supremo 010-2020-IN, el gobierno central aprobó un plazo de 180 días para que los ciudadanos extranjeros que residen en el Perú de forma irregular puedan ordenar su situación migratoria y desarrollar actividades económicas en el marco de la ley. 

Los 180 días empezarán a regir desde el 22 de octubre y quienes inicien el procedimiento para la obtención del Permiso Temporal de Permanencia obtendrán el Carné de Permiso Temporal de Permanencia – CPP, con vigencia de un año calendario.

Para regularizar su situación migratoria los solicitantes deberán hacer el pago de la tasa correspondiente, presentar una copia simple del documento de identidad o pasaporte vigente, una copia del recibo de servicio público en el que conste el domicilio y una declaración jurada.

La declaración jurada deberá acreditar que no posea antecedentes penales, policiales y judiciales, ya sea a escala nacional o internacional; no estar comprendido en ninguno de los supuestos de impedimento de ingreso al país; y manifestar el compromiso expreso de acogerse al fraccionamiento de la deuda por concepto de multas y/o tasas migratorias en el caso que correspondan.

Cabe resaltar que las personas con antecedentes penales no podrán regularizar su situación

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