{"id":3830,"date":"2015-01-09T11:14:50","date_gmt":"2015-01-09T11:14:50","guid":{"rendered":"http:\/\/radiokaliente.com\/home\/?p=3830"},"modified":"2015-01-09T11:14:50","modified_gmt":"2015-01-09T11:14:50","slug":"contraloria-halla-riesgos-en-obra-de-jlo","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/radiokaliente.com\/home\/contraloria-halla-riesgos-en-obra-de-jlo\/","title":{"rendered":"Contralor\u00eda halla riesgos en obra de JLO"},"content":{"rendered":"<p>Inconclusos trabajos del 2012 cuestan casi un mill\u00f3n de soles. Fiscal\u00eda ya armar\u00eda expediente para denuncia.<\/p>\n<p>D\u00edas antes que el exalcalde distrital de Jos\u00e9 Leonardo Ortiz (JLO), Ra\u00fal Cieza V\u00e1squez, deje el cargo, la Contralor\u00eda de la Rep\u00fablica le hizo saber de los graves riesgos que identific\u00f3 en una de sus cuestionadas e inconclusas obras.<\/p>\n<p>Se trata de los trabajos \u201cConstrucci\u00f3n de pistas en las calles Miraflores cuadras 5 a la 8; Ricardo Palma cuadras 1 a la 8; y San Antonio cuadras 1 a la 8 del pueblo joven Garc\u00e9s\u201d, la misma que se licit\u00f3 por un monto de 931 mil 975,48 soles, obra que fue adjudicada a J y J Contratistas Generales SAC., el 23 de abril del 2012.<\/p>\n<p>INFORME. Correo tuvo acceso a las conclusiones que la Oficina de Coordinaci\u00f3n Regional Norte de la Contralor\u00eda realiz\u00f3, las mismas que surgen a ra\u00edz de la veedur\u00eda realizada a la citada obra, las cuales fueron dadas a conocer al propio Ra\u00fal Cieza la \u00faltima semana de diciembre del 2014.<\/p>\n<p>El documento se\u00f1ala que, \u201ccomo resultado de la labor de control efectuada, se ha identificado riesgos que podr\u00edan afectar la transparencia, la probidad o la inaplicaci\u00f3n de la normativa pertinente, as\u00ed como los aspectos t\u00e9cnicos y financieros de la obra, por ende los intereses patrimoniales de la entidad (municipio)\u201d.<\/p>\n<p>Una de las primeras anomal\u00edas que detect\u00f3 esta veedur\u00eda, es que, el expediente t\u00e9cnico \u201cactualizado\u201d no cuenta con estudio de mec\u00e1nica de suelos, generando el riesgo de que el \u201cdise\u00f1o\u201d de la estructura, sin el sustento debido, no permita que la obra alcance el periodo de vida \u00fatil previsto, afectando su calidad\u201d.<\/p>\n<p>Ante la falta de un estudio de mec\u00e1nica de suelos, la Contralor\u00eda verific\u00f3 la incompatibilidad existente entre el expediente t\u00e9cnico actualizado y lo que se ha ejecutado en campo, toda vez que seg\u00fan el plano P-01, figura que la estructura del pavimento deber\u00e1 estar conformada por 8 cent\u00edmetros de adoqu\u00edn de concreto; mientras que en el cuaderno de obra N\u00b0 1, el supervisor manifiesta que el espesor del adoquinado ser\u00e1 de 6 cent\u00edmetros.<\/p>\n<p>Asimismo, se hace hincapi\u00e9 que, de la revisi\u00f3n a la documentaci\u00f3n alcanzada a la Contralor\u00eda, se constat\u00f3 la existencia de dos estudios geot\u00e9cnicos, los cuales no son concordantes con el estudio de mec\u00e1nica de suelos solicitado por el supervisor en el cuaderno de obra.<\/p>\n<p>Otro de los riesgos es el incumplimiento de los requisitos para dar inicio al plazo de ejecuci\u00f3n de obra, lo que genera el riesgo de futuras controversias, que podr\u00edan implicar perjuicio econ\u00f3mico ante eventuales ocurrencias en obra.<\/p>\n<p>\u201cCon relaci\u00f3n a los tipos de adelantos que la entidad deber\u00eda otorgar al contratista, hasta la fecha de elaboraci\u00f3n de este informe, no se ha tenido respuesta por parte de la municipalidad leonardina; adem\u00e1s, en el portal web del Sistema Electr\u00f3nico de Contrataciones con el Estado- Seace- dicha informaci\u00f3n se encuentra caducada. Por otro lado, se ha revisado el contrato de ejecuci\u00f3n de obra y en \u00e9l no figura cl\u00e1usula alguna referente a alg\u00fan tipo de adelanto (directo y\/o para materiales)\u201d, indica el documento\u201d.<\/p>\n<p>TERCER RIESGO. En este punto se describe, \u201cparalizaci\u00f3n de obra no es atribuible al contratista, desde el 21 de junio del 2012 viene originando sin que la entidad emita documento alguno al respecto, que el plazo de ejecuci\u00f3n contractual fijado en 120 d\u00edas calendario se prolongue hasta la actualidad, generando el riesgo de que se deba realizar el pago por mayores gastos generales variables, en perjuicio de la entidad\u201d.<\/p>\n<p>La veedur\u00eda adem\u00e1s arroja que, si bien en marzo del 2011, a solicitud del alcalde leonardino, la entonces gerente general de Epsel, le inform\u00f3 que el estado de las redes de alcantarillado de las calles materia del proyecto, se consideraba \u201coperativo\u201d, la entidad procedi\u00f3, despu\u00e9s de m\u00e1s de un a\u00f1o, a contratar (23 de abril de 2012) la obra, sin actualizar la informaci\u00f3n relacionada con las indicadas redes.<\/p>\n<p>En este punto, las conclusiones de la veedur\u00eda narran que durante la ejecuci\u00f3n de la obra, la contratista le pide al supervisor que Epsel se pronuncie respecto al estado actual de la tuber\u00eda de agua y desag\u00fce, as\u00ed como tiempo de funcionamiento y vida \u00fatil de las mismas.<\/p>\n<p>Epsel respondi\u00f3 (20 de junio de 2012) que estas redes de agua potable tienen una antig\u00fcedad de 37 a\u00f1os y su estado de conservaci\u00f3n es de regular a malo; mientras que las redes de alcantarillado, tambi\u00e9n cuentan con una antig\u00fcedad de 37 a\u00f1os, pero su estado de conservaci\u00f3n es malo, a\u00f1adiendo que estas han superado su vida \u00fatil.<\/p>\n<p>Es as\u00ed que, con fecha 21 de junio de 2012, se acuerda suscribir el acta de paralizaci\u00f3n de obra. \u201cDurante la paralizaci\u00f3n de la obra, se ha venido ejecutando trabajos de saneamiento (agua y alcantarillado) en las mismas calles que componen el proyecto de pavimentaci\u00f3n, la misma que hasta la fecha (obra de saneamiento) no se encuentra concluida, conforme consta en e acta de recepci\u00f3n parcial de la misma, donde se menciona que solo la \u201ccalle Miraflores\u201d se encuentra ejecutada\u201d, dice el informe.<\/p>\n<p>Del mismo modo, mucho despu\u00e9s, sin que se concluya la obra que subyacer\u00e1 al pavimento, el 16 de abril de 2014, se acuerda suscribir el acta de reinicio.<\/p>\n<p>En el cuarto riesgo. Aqu\u00ed se detalla que, se inici\u00f3 la ejecuci\u00f3n de partidas de construcci\u00f3n de pavimento intertrabado en la calle Miraflores, sin tener previamente bien definida la real intensidad del tr\u00e1fico, generando el riesgo de que dicha estructura no alcance su periodo de vida \u00fatil previsto.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, en el quinto riesgo se da a conocer que, la entidad (municipio) no exigi\u00f3 oportunamente la renovaci\u00f3n de la carta fianza de fiel cumplimiento; adem\u00e1s, una vez vencida no adopt\u00f3 las acciones conducentes a ejecutar dicha garant\u00eda, como correspond\u00eda, generando el riesgo de no contar, desde el 27 de diciembre de 2012, con garant\u00eda alguna por dicho concepto.<\/p>\n<p>Las conclusiones hacen menci\u00f3n de la revisi\u00f3n efectuada a la cartas fianzas emitidas por el Banco Continental, entre ellas una por el monto de 93 mil 197,55 soles, equivalente al 10 % del monto total del contrato de ejecuci\u00f3n de obra. Se advierte que su primera y \u00faltima renovaci\u00f3n se realiz\u00f3 el 24 de agosto de 2012, por un periodo de 4 meses, afianzando la ejecuci\u00f3n de obra hasta el 26 de diciembre de 2012 a horas 12 meridiano, prorrogando el plazo de vencimiento anterior que rigi\u00f3 desde el 20 de abril de 2012 hasta el 28 de agosto de 2012.<\/p>\n<p>\u201cComo se aprecia, la entidad no exigi\u00f3 oportunamente la renovaci\u00f3n de la citada garant\u00eda; tampoco, una vez vencida, no procedi\u00f3 a ejecutarla como correspond\u00eda, dejando transcurrir el tiempo sin que el fiel cumplimiento del contrato est\u00e9 garantizado\u201d, sostiene el informe.<\/p>\n<p>Fuente: Diario El Correo.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Inconclusos trabajos del 2012 cuestan casi un mill&oacute;n de soles. Fiscal&iacute;a ya armar&iacute;a expediente para denuncia. 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