PADRES DE NIÑOS CON CÁNCER CONTARÁN CON LICENCIA PARA ACOMPAÑAR A SUS MENORES HIJOS DURANTE SUS TRATAMIENTOS
El día de hoy la Ley N° 31041, fue publicada en el diario oficial El Peruano.
El decreto establece el derecho de obtener una licencia con goce de haber hasta por un año, cuando el trabajador tenga a su cargo a un menor de 18 años, diagnosticado con cáncer por un médico especialista.
Así mismo, establece una licencia con goce de haber por siete días en caso de enfermedad grave o terminal o por accidente grave que seria otorgada a trabajadores con familiares directos que se encuentren en estas situaciones.
